{"id":23016,"date":"2023-01-20T16:09:29","date_gmt":"2023-01-20T22:09:29","guid":{"rendered":"https:\/\/sspo.gob.mx\/?p=23016"},"modified":"2023-06-29T15:50:37","modified_gmt":"2023-06-29T21:50:37","slug":"direccion-general-de-asuntos-internos-dgai","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sspo.gob.mx\/?p=23016","title":{"rendered":"DIRECCI\u00d3N GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS (DGAI)"},"content":{"rendered":"<div align=\"center\"><\/div>\n<h5 style=\"text-align: center;\"><strong>MISI\u00d3N<\/strong><\/h5>\n<p align=\"justify\">Prevenir e inhibir los actos de corrupci\u00f3n, abusos y excesos de los integrantes de la Secretar\u00eda de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana, en perjuicio de la ciudadan\u00eda y de quienes integran la Instituci\u00f3n, a trav\u00e9s de la supervisi\u00f3n, investigaci\u00f3n y an\u00e1lisis de las probables conductas contrarias a la norma, todo ello mediante acciones que observen el irrestricto apego a la legalidad, seguridad jur\u00eddica, transparencia y respeto de los derechos humanos.<\/p>\n<h5 style=\"text-align: center;\" align=\"justify\"><strong>VISI\u00d3N<\/strong><\/h5>\n<p align=\"justify\">Ser una instancia reconocida ampliamente por coadyuvar en la recuperaci\u00f3n y crecimiento de la confianza ciudadana en la Secretar\u00eda de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana, y por desarrollar sus atribuciones con legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.<\/p>\n<h5 style=\"text-align: center;\" align=\"justify\"><strong>ATRIBUCIONES<\/strong><\/h5>\n<p>Esta Direcci\u00f3n cuenta con las siguientes:<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>I. <\/strong>Proponer al Secretario, los manuales de operaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General a su cargo, incluso los de supervisi\u00f3n de operaciones encubiertas;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>II. <\/strong>Ordenar la instrumentaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de procedimientos de inspecci\u00f3n e investigaci\u00f3n para detectar deficiencias, irregularidades o faltas en la aplicaci\u00f3n de procesos de las Instituciones Policiales, en el cumplimiento de las obligaciones\u00a0y deberes de sus integrantes;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>III.<\/strong> Conocer de quejas y denuncias, incluso an\u00f3nimas, con motivo de faltas administrativas o infracciones disciplinarias cometidas por los integrantes de las Instituciones Policiales, preserv\u00e1ndola reserva de las actuaciones; en caso de que se identifique el denunciante, deber\u00e1 de oficio poner a su disposici\u00f3n el resultado de la investigaci\u00f3n;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>IV.<\/strong> Implementar las investigaciones necesarias y remitir oportunamente el expediente de la investigaci\u00f3n realizada ante las instancias competentes, a fin de que se determine lo que en derecho resulte procedente y previa solicitud del denunciante resguardar su identidad, conforme a las disposiciones normativas aplicables;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>V.<\/strong> Implementar la vigilancia a los integrantes de las Instituciones Policiales, en el cumplimiento de sus deberes y la observancia a las normas establecidas en los ordenamientos legales aplicables y dem\u00e1s disposiciones que rigen su actuaci\u00f3n;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>VI.<\/strong> Coordinar investigaciones por presuntas anomal\u00edas de la conducta de los integrantes de las Instituciones Policiales, que puede implicar inobservancia de sus deberes y obligaciones, ya sea por denuncia o de oficio;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>VII.<\/strong> Requerir las medidas precautorias que resulten necesarias para el \u00e9xito de la investigaci\u00f3n;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>VIII.<\/strong> Colaborar con las autoridades competentes en el seguimiento y vigilancia de los procedimientos de responsabilidades y en el cumplimiento de las sanciones impuestas;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>IX. <\/strong>Solicitar informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n a las \u00e1reas administrativas de la Polic\u00eda Estatal y dem\u00e1s autoridades que auxilien en la investigaci\u00f3n de que se trate, para el cumplimiento de sus fines;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>X. <\/strong>Dar vista a la Secretar\u00eda de la Contralor\u00eda y Transparencia Gubernamental, de los hechos en que se desprendan presuntas infracciones administrativas cometidas dentro del servicio cuando as\u00ed proceda, en los t\u00e9rminos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores P\u00fablicos del Estado y Municipios de Oaxaca;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XI. <\/strong>Citar a los integrantes de las Instituciones Policiales sometidos a una investigaci\u00f3n o, en su caso, a aqu\u00e9llos que puedan aportar datos para la misma, para el apoyo a la indagaci\u00f3n realizada;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XII. <\/strong>Solicitar al Presidente del Consejo Estatal o sus Comisiones, mediante escrito fundado y motivado, el inicio del procedimiento correspondiente por incumplimiento a los requisitos de permanencia o por infracci\u00f3n al r\u00e9gimen disciplinario, remitiendo para ello el expediente de investigaci\u00f3n respectivo;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XIII. <\/strong>Intervenir ante el Pleno del Consejo Estatal o sus Comisiones, como contraparte durante los procedimientos disciplinarios, de profesionalizaci\u00f3n y de carrera policial, atendiendo al principio de contradicci\u00f3n previsto en el art\u00edculo 130, de la Ley;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XIV. <\/strong>Interponer el recurso de reclamaci\u00f3n a que se refiere el art\u00edculo 131, de la Ley;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XV. <\/strong>Interponer el recurso de revisi\u00f3n establecido en el art\u00edculo 138, de la Ley;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XVI. <\/strong>Autorizar la improcedencia o reserva de expedientes de investigaciones disciplinarias, de manera fundada y motivada cuando de las indagatorias no se desprendan elementos suficientes que permitan determinar la probable responsabilidad del Integrante o, en su caso, de aquellos expedientes que se integren por incumplimiento de los requisitos de permanencia;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XVII. <\/strong>Rendir informes semestrales al Secretario, sobre el resultado de sus investigaciones, as\u00ed como, de aquellos casos e improcedencia o reserva de los expedientes;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XVIII. <\/strong>Instruir y dirigir las investigaciones a efecto de verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en los manuales de las Instituciones Policiales, as\u00ed como, los de disciplina y \u00e9tica de sus integrantes;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XIX. <\/strong>Autorizar la consulta que las Direcciones a su cargo realicen a las bases de datos de la Secretar\u00eda sobre el personal de seguridad p\u00fablica, para el cumplimiento de sus atribuciones;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XX. <\/strong>Dar vista a la Direcci\u00f3n General de Asuntos Jur\u00eddicos, cuando de las investigaciones practicadas se derive la probable comisi\u00f3n de un delito cometido por integrantes de las Instituciones Policiales y\/o el tr\u00e1mite de una Averiguaci\u00f3n Previa en contra de alg\u00fan Integrante de la Secretar\u00eda, a\u00fan estando en tr\u00e1mite la indagatoria, informando de inmediato al Secretario;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXI. <\/strong>Coordinar las acciones espec\u00edficas y de usuarios simulados, que aseguren la obtenci\u00f3n y el an\u00e1lisis de informaci\u00f3n en el desarrollo de las investigaciones sobre las faltas a los deberes denunciados;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXII. <\/strong>Instruir labores de prevenci\u00f3n con el fin de identificar la comisi\u00f3n de il\u00edcitos y faltas administrativas, mediante los esquemas t\u00e1cticos t\u00e9cnicos y operativos que se llegare a implementar;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXIII. <\/strong>Realizar propuestas al Consejo Estatal o sus comisiones, sobre el r\u00e9gimen de est\u00edmulos a los integrantes de las Instituciones Policiales que reconozca su esfuerzo, dedicaci\u00f3n y empe\u00f1o;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXIV. <\/strong>Solicitar al Consejo Estatal, la aplicaci\u00f3n de medidas precautorias consistentes en la suspensi\u00f3n preventiva o temporal del elemento policial, que se encuentre involucrado en la comisi\u00f3n de il\u00edcitos o faltas administrativas, en las que por la naturaleza de las mismas, y la afectaci\u00f3n operativa que representar\u00eda para la Instituci\u00f3n Policial, requieran la acci\u00f3n que impida su continuaci\u00f3n;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXV. <\/strong>Elaborar constancia por escrito de todas las actuaciones de la Direcci\u00f3n General de Asuntos Internos;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXVI. <\/strong>Mantener relaciones con instituciones similares nacionales y estatales, con objeto de intercambiar informaci\u00f3n tendiente a optimizar sus atribuciones;<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXVII. <\/strong>Delegar en los titulares de las Direcciones a su cargo, las facultades para ejercer las atribuciones previstas en este art\u00edculo, y<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>XXVIII. <\/strong>Las que le se\u00f1alen las dem\u00e1s disposiciones normativas aplicables y le confiera el Secretario, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<div align=\"center\">\n<h5 style=\"text-align: center;\">Licenciada Ana Bertha Bastida Gordon<\/h5>\n<p style=\"text-align: center;\">Directora General de Asuntos Internos.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MISI\u00d3N Prevenir e inhibir los actos de corrupci\u00f3n, abusos y excesos de los integrantes de la Secretar\u00eda de Seguridad 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